@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO
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DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

Contra el Fiscal Juan Hernández Villalba por presuntas infracciones disciplinarias graves o muy graves

I. Objeto de la denuncia

El presente documento tiene por objeto formular denuncia disciplinaria ante la Inspección de la Fiscalía General del Estado (FGE) contra el Fiscal D. Juan Hernández Villalba, autor del escrito obrante en: https://miguelgallardo.es/denuncia-aepd-penal-reforma-fiscal-ocr.pdf , por posibles infracciones del Reglamento del Ministerio Fiscal, aprobado por el Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo (BOE-A-2022-7184).

II. Marco normativo aplicable

El Reglamento del Ministerio Fiscal establece, entre otros, los siguientes principios y deberes esenciales:

Asimismo, se invoca expresamente el artículo 38 de la Ley 2/2023, que ampara el derecho a comunicar y hacer públicas irregularidades cuando concurren indicios razonables de afectación al interés general.

III. Hechos relevantes omitidos o insuficientemente analizados por el Fiscal denunciado

1. Ausencia absoluta de investigación por la AEPD

El escrito del Fiscal Hernández Villalba acepta sin contraste la conclusión de la AEPD, pese a constar documentalmente que dicha autoridad:

Esta ausencia de actividad investigadora es un hecho objetivo y verificable, que el fiscal no valora ni menciona, limitándose a reproducir doctrina jurisprudencial genérica.

2. Bloqueo de derechos fundamentales del heredero forzoso

Se ignora completamente que la AEPD, como autoridad exclusiva, ha impedido de forma reiterada y definitiva al hijo y heredero forzoso el acceso a los datos sanitarios de su madre fallecida en 2018, sin vía administrativa alternativa.

Esta situación plantea un serio conflicto con el derecho a la tutela judicial efectiva, que el fiscal elude mediante una remisión abstracta a la jurisdicción contenciosa.

3. Posible encubrimiento institucional y lenidad administrativa

El fiscal no analiza indicios contextuales de trato favorable de la AEPD hacia la Comunidad de Madrid, ni la anonimización sistemática de funcionarios, ni la posible omisión del deber de perseguir infracciones graves.

IV. Funcionarios públicos presuntamente implicados

V. Agravantes específicos concurrentes en la actuación del fiscal denunciado

Concurre una circunstancia agravante relevante:

Esta proyección pública y docente refuerza el deber de especial diligencia, coherencia y ejemplaridad, que podría haberse visto comprometido.

VI. Análisis comparado con informes previos publicados

Este escrito integra y amplía críticamente los análisis publicados en:

El presente documento profundiza más allá de dichos análisis, estructurando los indicios conforme al régimen disciplinario fiscal y al RD 305/2022.

VII. Solicitud a la Inspección Fiscal

Se solicita a la Inspección de la Fiscalía General del Estado que:

Todo ello sin perjuicio ni renuncia de cualesquiera otras acciones judiciales, administrativas o constitucionales que pudieran corresponder.


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