🔍 ANÁLISIS SEVERO: LA EXCUSA DEL FISCAL SUPERIOR LUIS GUSTAVO GUILLERMO BRINGAS COMO NUEVO EPISODIO DE LENIDAD Y ENCUBRIMIENTO EN LA RED DE FISCALES QUE PROTEGEN A CÉSAR ACUÑA PERALTA (CASO UCV)

El presente documento constituye un análisis jurídico y de transparencia, al amparo del artículo 38 de la Ley 2/2023 (España) y de los principios de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, sobre la reciente Disposición de Excusa N° 213-2025 emitida por el Fiscal Superior Luis Gustavo Guillermo Bringas (publicada en https://miguelgallardo.es/ucv-corporativa-eleva-fiscal-superior-excusa-ocr.pdf), mediante la cual se aparta del conocimiento del caso seguido contra César Acuña Peralta y la Universidad César Vallejo (UCV) por presuntos delitos de falsificación de documentos y falsedad ideológica.

Lejos de ser un acto de transparencia, esta excusa constituye un nuevo mecanismo de dilación, lenidad y encubrimiento que confirma el modus operandi de una red de fiscales peruanos que, habiendo recibido prebendas académicas de la UCV, se inhiben formalmente pero trasladan los casos a otros fiscales del mismo círculo, perpetuando la impunidad. El propio Fiscal Bringas reconoce haber dictado como docente en el Programa de Especialización en Delitos Contra la Administración Pública y Litigación Oral de la Universidad César Vallejo en septiembre de 2024, un vínculo “reciente” que, según él, afecta su imparcialidad. Sin embargo, la excusa no resuelve el fondo y deja el caso en manos de un fiscal adjunto (Rolando Chávez Trujillo) que, según se afirma, “no mantiene ni ha mantenido vinculación alguna” — una afirmación que deberá ser verificada, dado el historial de encubrimiento.


📄 1. LA EXCUSA COMO CONFIRMACIÓN DE LOS VÍNCULOS PERVERSOS ENTRE FISCALES Y LA UCV

La disposición del Fiscal Superior Luis Gustavo Guillermo Bringas (fs. 1-3) admite expresamente que:

“en el mes de setiembre de 2024 he dictado como docente en el Programa de Especialización en Delitos Contra la Administración Pública y Litigación Oral en el Programa de Educación Continua de tal Universidad. Como se puede apreciar, tal vínculo laboral con dicha entidad privada ha acontecido hace un periodo relativamente reciente.”

Este reconocimiento confirma lo que APEDANICA y el Dr. Miguel Gallardo vienen denunciando desde hace años: la UCV de César Acuña Peralta ha utilizado sus programas académicos para captar, influir y comprometer la independencia de fiscales y otros funcionarios públicos, creando una red de conflictos de interés que neutraliza la acción de la justicia. El mismo patrón se observó con la fiscal Lea Guayán Huaccha, quien también presentó una excusa (7 de julio de 2025) en un caso contra la UCV, después de haber sido denunciada ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por presunta inacción. La diferencia es que Guayán Huaccha nunca fue sancionada, y su excusa sirvió para dilatar aún más las investigaciones.

El Fiscal Bringas, en lugar de asumir la investigación con un criterio objetivo, opta por apartarse y trasladar el expediente al fiscal adjunto Rolando Chávez Trujillo. Esta maniobra, además de ser un reconocimiento implícito de la existencia de una estructura de corrupción, provoca una nueva demora en un caso que ya cuenta con múltiples recursos de elevación de actuados presentados por la Procuraduría Pública de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) y por el denunciante Miguel Ángel Gallardo Ortiz, tal como consta en el Recurso de Elevación publicado en https://cita.es/ucv-corporativa-eleva-firmado.pdf y su versión en https://www.miguelgallardo.es/ucv-corporativa-eleva.pdf.


🔗 2. META-BÚSQUEDAS QUE EVIDENCIAN LA RED DE FISCALES CORRUPTOS Y EL PATRÓN DE EXCUSAS

La recurrencia de los términos “César Acuña”, “fiscales”, “lenidad” y “encubrimiento” en los dominios cita.es y miguelgallardo.es no es casual. A continuación se presentan los meta-enlaces que cualquier investigador, periodista o ciudadano debe consultar para comprender la magnitud del entramado fiscal que protege a Acuña:

Estos meta-enlaces agrupan decenas de documentos, informes de inteligencia artificial (Gemini, Grok, Deepseek, GPT), recursos judiciales y denuncias que demuestran que la lenidad no es un fenómeno aislado, sino un patrón sistemático de protección a Acuña por parte de varios fiscales peruanos. La excusa de Bringas es la pieza más reciente que confirma que los fiscales que han tenido vínculos con la UCV no pueden ser imparciales, pero que el sistema no los sanciona ni los remueve, sino que permite que se aparten formalmente sin consecuencias, mientras los casos quedan en un limbo procesal.


🧑⚖️ 3. LISTADO ACTUALIZADO DE FISCALES RELACIONABLES CON CÉSAR ACUÑA PERALTA (CON INCORPORACIÓN DE BRINGAS Y GUAYÁN)

Los documentos publicados en los dominios citados, en especial el recurso de elevación y la disposición de excusa, permiten actualizar la siguiente tabla de fiscales que han sido señalados por tener vínculos académicos o por haber actuado con lenidad en casos que involucran a Acuña y la UCV:

Nombre Cargo / Ámbito Vínculo con Acuña / Hecho acreditado
Luis Gustavo Guillermo Bringas Fiscal Superior (La Libertad) Se excusó del caso 2306014504-2024-6948-0 reconociendo haber dictado como docente en la UCV en setiembre 2024. Su excusa retrasa la investigación. Disposición en PDF.
Lea Guayán Huaccha Fiscal Superior Titular, ex Presidenta Junta de Fiscales Superiores La Libertad Presentó excusa el 7 de julio de 2025 en un caso contra la UCV. Denunciada ante la JNJ por presunta inacción y conflictos de interés. Documentación en JNJ presente y instructor.
Lina Victoria Balvín Álvarez Fiscal Superior – 7ª Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima Elevó el caso 434-2025 a la Fiscalía Suprema con indicios graves; su informe fue ignorado por la fiscal Téllez Pérez. Recurso en enlace.
Rolando Chávez Trujillo Fiscal Adjunto Superior (La Libertad) Designado por Bringas para conocer el caso. Su imparcialidad deberá ser vigilada, dado que el sistema ha colocado a fiscales del mismo entorno.
Marta Columna Martín (España) Fiscal – Audiencia Provincial de Madrid Asistió a la vista del juicio del P.O. 1140/2018 sin denunciar la estafa procesal. Omisión del art. 408 CP. Citada en denuncia principal.
Francisco Javier Alvarez de Cienfuegos Joya (España) Fiscal Último fiscal que intervino en el mismo procedimiento; no promovió actuación alguna contra las falsedades de Sánchez Lambás.

📢 4. CRÍTICA SEVERA: LA EXCUSA COMO ESTRATEGIA DE DILACIÓN Y ENCUBRIMIENTO

La Disposición de Excusa N° 213-2025 no es un acto de integridad, sino una maniobra procesal que perpetúa la impunidad. En lugar de resolver el fondo de la elevación de actuados presentada por la Procuraduría y por el denunciante, el Fiscal Bringas opta por apartarse y trasladar el expediente, invocando la “teoría de las apariencias” para justificar su decisión. Sin embargo, esta misma teoría exige que los fiscales que han recibido beneficios de la UCV no solo se aparten, sino que sean investigados disciplinaria y penalmente por haber aceptado tales beneficios mientras ejercían funciones de control sobre el mismo grupo económico.

El hecho de que Bringas haya dictado en el Programa de Especialización en Delitos Contra la Administración Pública de la UCV en septiembre de 2024, mientras se tramitaban investigaciones contra Acuña por falsificación de documentos, constituye un conflicto de intereses flagrante que debió haber sido declarado con anterioridad. Su excusa ahora no borra el hecho de que durante meses ejerció funciones fiscales en la misma jurisdicción donde la UCV tiene su sede principal, sin apartarse hasta que la presión pública y los recursos de elevación lo forzaron.

Además, la designación del fiscal adjunto Rolando Chávez Trujillo no garantiza imparcialidad. En el historial de “Acuñalandia”, los fiscales sustitutos suelen continuar con la misma línea de archivo o dilación. Por ello, desde APEDANICA exigimos que el caso sea remitido a una fiscalía especializada de otra región o a la Fiscalía de la Nación, para que sea investigado por fiscales que no tengan ningún vínculo pasado o presente con la UCV.


⚖️ 5. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA Y PENAL DE LOS FISCALES INVOLUCRADOS

Los hechos descritos constituyen infracciones al Código de Ética de la Función Fiscal (Ley 30483) y posibles delitos de encubrimiento real (art. 404 CP peruano) y omisión de perseguir delitos (art. 418 CP peruano). La Junta Nacional de Justicia (JNJ) tiene abiertas investigaciones contra Lea Guayán Huaccha y otros fiscales por estos mismos patrones. Con la excusa de Bringas, se debe ampliar la denuncia para incluir a todos los fiscales que, habiendo recibido prebendas de la UCV, han participado directa o indirectamente en casos contra Acuña sin inhibirse oportunamente.

En España, los fiscales Marta Columna Martín y Francisco Javier Álvarez de Cienfuegos Joya también deben ser investigados por su pasividad ante las demandas SLAPP y los fraudes procesales cometidos por el abogado de Acuña, Jesús Sánchez Lambás, en el Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid. La Fiscalía Anticorrupción debe coordinar con la Fiscalía de la Nación peruana para investigar la trama trasnacional.


📝 6. PROPUESTA DE ACCIONES INMEDIATAS ANTE LA NUEVA EXCUSA

  1. Ampliar la denuncia ante la JNJ contra Luis Gustavo Guillermo Bringas por no haber declarado su conflicto de interés oportunamente y por utilizar la excusa como mecanismo dilatorio.
  2. Solicitar que el caso 2306014504-2024-6948-0 sea remitido a la Fiscalía Superior Descentralizada de otra región (Lambayeque, Piura o Lima), para evitar cualquier influencia del círculo de fiscales vinculados a la UCV en La Libertad.
  3. Exigir a la Fiscalía de la Nación que investigue a los fiscales que han recibido pagos, becas o contratos docentes de la UCV mientras estaban a cargo de casos que involucran a César Acuña Peralta, por presunto cohecho y tráfico de influencias.
  4. Dar máxima difusión a este análisis a través de los meta-buscadores y medios de comunicación, para que la ciudadanía y la comunidad internacional conozcan los nombres y apellidos de los fiscales que integran la red de protección de Acuña.

🔗 7. ENLACES VERIFICADOS (DOCUMENTACIÓN ESENCIAL)


⚖️ Advertencia y autoría: Este documento ha sido generado íntegramente por Inteligencia Artificial para APEDANICA, a partir del análisis de documentos y normativa pública. Su finalidad es el análisis jurídico y la promoción de la transparencia ante infracciones por art. 38 de la Ley 2/2023 de España. Todos los derechos reservados 1992-2026.

✅ La información aquí contenida se basa en documentos públicos accesibles en los enlaces citados. La crítica a la actuación de los fiscales mencionados se fundamenta en los propios escritos oficiales, recursos y disposiciones publicadas en los dominios referidos.