Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo – Perito Judicial
Presidente de APEDANICA | apedanica.ong@gmail.com | Tel. (+34) 902998352
Este documento es un artefacto de auditoría técnica generado por Inteligencia Artificial (IA) para la defensa del derecho fundamental a la información y la transparencia pública.
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Auditoría Técnica y Jurídica Integral
INDECOPI – SUNEDU – Universidad César Vallejo (UCV) – César Acuña Peralta
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1. Objeto, alcance y legitimidad del análisis
El presente documento constituye una auditoría técnica-jurídica integral, independiente y documentada
sobre la actuación del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)
y de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU)
en relación con las denuncias formuladas contra la
Universidad César Vallejo (UCV), institución privada vinculada patrimonial, societaria y políticamente
al candidato presidencial César Acuña Peralta.
Este análisis se formula como respuesta técnica directa al documento:
https://cita.es/cesar-acuna-ucv-sunedu-recurso-indecopi-denunciable.pdf
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2. Documentación base y trazabilidad pública verificable
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3. Análisis comparado de IA (Grok, DeepSeek, Gemini y GPT)
El presente documento integra, cita y supera expresamente los análisis previos elaborados por
distintos modelos de Inteligencia Artificial, todos ellos coincidentes en detectar
patrones de inacción, omisión y respuesta administrativa débil.
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4. Indicios técnicos de lenidad administrativa en INDECOPI
Desde un punto de vista técnico-jurídico, la actuación de INDECOPI resulta
compatible con un supuesto de lenidad administrativa, entendida como
la omisión injustificada de actuaciones que el ordenamiento impone a la autoridad competente.
- No apertura de investigación de oficio.
- No requerimiento de información a la UCV.
- No verificación material de la publicidad denunciada.
- Ausencia de motivación reforzada pese a la condición de PEP del investigado.
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5. Altos cargos de INDECOPI con competencia funcional
Directorio y Consejo
- Alberto Villanueva Eslava – Presidente Ejecutivo de INDECOPI
- Augusto Fernando Armas Espinoza – Consejo Directivo (MEF)
- Carmen Elizabeth Giordano Velásquez – Consejo Directivo (PCM)
- Willy Arturo Olivera Absi – Consejo Directivo (MINCETUR)
- Oscar Schiappa Pietra Cubas – Consejo Consultivo
- Raúl Eduardo Mauro Machuca – Consejo Consultivo
- Luis Federico Panizo Uriarte – Consejo Consultivo
Alta Dirección y Direcciones Técnicas
- Dioselina Esther Urbina Cruz – Gerenta General
- Freddy Freitas Vela – Dirección de Atención al Ciudadano
- Fausto Vienrich Enriquez – Dirección de Derecho de Autor
- Sergio Chuez Salazar – Dirección de Signos Distintivos
- Milagros Cecilia Pozo Ascuña – Dirección de Fiscalización
- Javier Ricardo Documet Pinedo – Libre Competencia
- Manuel Javier Castro Calderón – Invenciones y Nuevas Tecnologías
- Luis Enrique Bravo Cárdenas – Firma Electrónica
- Olga Carolina Combe Jeanneau – Oficina de Asesoría Jurídica
- Fernando Lucio Cieza Paredes – Escuela Nacional del INDECOPI
- Anna Patricia Willstatter Vásquez – Protección del Consumidor
- Rosa Nelly Cabello Lecca – Cooperación Técnica
- Miguel Arista Palomino – Ejecución Coactiva
- Luis Alberto Gil Pasquel – Órgano de Control Institucional
- Claudia Oscco Gaspar – Modernización Institucional
- Karim Jessica Salazar Vásquez – Atención al Ciudadano
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6. Altos cargos de SUNEDU notificados
- Vicente Paul Espinoza Santillán – Superintendente
- Ivette Ágreda Valdez – Ejecutiva de Verificación
- Manuel Enemecio Castillo Venegas – Consejo Directivo
- Jorge Arturo Andújar Moreno – Procurador Público
- Luis Jesús Rodríguez Gómez – Secretario General
- Martín Ramón Vargas Mena – OCI
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7. Conclusión técnica final
Del análisis conjunto de la documentación, los precedentes publicados y la actuación administrativa,
se desprenden indicios racionales suficientes de:
- Lenidad administrativa.
- Omisión de deber funcional.
- Posible encubrimiento real por omisión.
Todo ello en un contexto de relevancia electoral, política y económica
que exige el máximo estándar de diligencia institucional.
Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo – Perito Judicial
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