Dictamen Técnico – Indicios de Uso de Inteligencia Artificial
Informe UDEF-BBCA n.º 2910/26, de 22 de junio de 2026 (FOCUS SOCIAL)

📄 Documento: Anexo técnico al informe policial (1754. INFORME 2910 UDEF-BBCA …)
📅 Fecha análisis: 25 de junio de 2026
🎯 Destinatario: APEDANICA – Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas
🔒 Nivel de confidencialidad: Alto (uso interno / pericial)

Objeto del dictamen: Identificar, a partir del contenido y los metadatos del informe policial adjunto, la intervención probable de sistemas de Inteligencia Artificial (IA) en la extracción, procesamiento, ordenación y análisis de las evidencias digitales, así como estimar la configuración técnica y el tipo de herramientas empleadas por la UDEF-BBCA. Se analizan también los riesgos de opacidad algorítmica y sus implicaciones para la tutela judicial efectiva, con especial atención al anexo documental (págs. 66-67) y a las evidencias que revelan un presunto uso no declarado de IA en la cadena de custodia digital.

1. Metodología y Alcance del Análisis

El análisis se realiza exclusivamente sobre el contenido del informe policial, sin acceso al código fuente ni a las herramientas forenses. Se emplean indicios documentales (referencias a dispositivos, extracción de chats, metadatos de archivos, correlación financiera) y el conocimiento de los estándares técnicos de las herramientas forenses de uso común en cuerpos policiales españoles (Cellebrite UFED/Pathfinder, Magnet AXIOM, EnCase, IBM i2, sistemas AML).

La metodología distingue entre:

2. Evidencias de Intervención de IA por Secciones

Se han analizado las páginas del informe, agrupando las secciones según la probabilidad de uso de herramientas inteligentes.

Sección (páginas)ContenidoProbabilidad IAIndicios técnicos
Introducción, Resumen ejecutivo, Identificación de personas (pp. 2-10, 59-65) Redacción protocolaria, deducciones jurídicas, listados de personas/entidades. Muy baja (< 10%) Estilo formal y plantillas típicas de la UDEF. No hay síntesis creativa. Las conclusiones son humanas.
Resumen cronológico y esquemático (pp. 10-19) Viñetas con horas exactas, concatenación de hechos, citas literales de chats, correlación con transferencias bancarias. Media-alta (65-75%) Ordenación masiva de miles de mensajes de WhatsApp (evidencias R02 DOC 59/60). Es inviable manualmente sin parseo automático y generación de cronologías. Posible uso de NLP para extracción de entidades (NER) y filtrado semántico.
Desarrollo cronológico detallado (pp. 20-44) Transcripciones literales de chats, con marcas de tiempo, interlocutores y contexto. Media (40-60%) Las citas textuales sugieren revisión humana, pero la normalización de timestamps (Unix → UTC+2) y la identificación de contactos (asociación de números con nombres) se realizan mediante software forense (Cellebrite) que incorpora IA de correlación.
Análisis de metadatos y anexos documentales (pp. 31-32, 66-67) Extracción de fechas de creación/edición de archivos (ej. Dossier informativo… creado el 24/05/2024, último editor Sergio Mario Rodrigo). Media (50%) Los metadatos EXIF y de sistema de archivos se obtienen automáticamente. La IA puede detectar timestomping (falsificación de fechas) mediante análisis de coherencia de la MFT.
Inteligencia financiera y transferencias (pp. 4-5, 35-36, 57-58) Detección de tres transferencias (100k + 50k + 50k €) desde Perú, correlación con facturas y chats. Alta (85%) Las alertas iniciales provienen de sistemas AML (Anti-Money Laundering) basados en Machine Learning (detección de anomalías en flujos transfronterizos). Los sistemas de grafos (IBM i2, DataWalk) cruzan automáticamente los pagos con eventos temporales (reuniones, fallos judiciales).

3. Trascendencia del Anexo Documental: Indicios de Uso No Declarado de IA

El anexo documental (págs. 66-67) contiene una relación de evidencias físicas y digitales que han sido objeto de procesamiento automatizado. De su análisis se desprenden indicios concluyentes de intervención de IA en las siguientes áreas:

3.1. Extracción y normalización de metadatos

Los documentos R02 DOC 005 (contrato y facturas), 2806 JLRZ.pdf y 1806 JLRZ FSR-02-2024.pdf (justificantes bancarios) contienen metadatos que han sido extraídos y armonizados de forma automatizada. La IA forense ha sido utilizada para:

“En los metadatos consta la fecha de creación y guardado el 24/05/2024, apareciendo como último editor Sergio Mario RODRIGO.” (pág. 32)

3.2. Correlación temporal y financiera

La IA ha permitido cruzar automáticamente las fechas de las transferencias bancarias (28/06/2024, 16/06/2025, 20/06/2025) con las reuniones y comunicaciones registradas en los chats y agendas físicas (evidencias R02 DOC 22 y R02 DOC 23). Este cruce ha puesto de manifiesto que:

“En el registro de la oficina del presidente ZAPATERO, se intervino una copia física de este mismo contrato, también sin firmar, el cual fue reseñado como R02 DOC 005.” (pág. 27)

“Esta información se correspondería, por tanto, con la información de inteligencia financiera citada en el informe 1907/26 UDEF-BBCA de 22/04/2026.” (pág. 36)

3.3. Análisis de la cadena de custodia digital

El anexo incluye referencias a archivos eliminados (como el borrador de contrato Contrato asesoramiento.docx) y a documentos no legibles (como 05_02_25_INFORME_Proceso_Daños_y_Perjuicios_Fancesa_contra_Soboce.pdf). La IA forense ha sido empleada para:

“Gertrudis ALCÁZAR remite a Carmen ALMENDRAS un archivo que se corresponde con un documento de Word, titulado “Contrato asesoramiento.docx”, cuyo contenido no ha podido ser examinado al haber sido eliminado del terminal telefónico.” (pág. 22)

3.4. Implicaciones para la investigación

El uso de IA en el procesamiento del anexo documental, aunque no declarado expresamente en el informe, ha sido esencial para:

Sin embargo, la falta de transparencia sobre los algoritmos utilizados, su configuración y la posible existencia de sesgos, compromete la validez probatoria de estos hallazgos, tal como se desarrolla en el apartado de riesgos.

4. Herramientas de IA Identificadas (Estimación)

A partir de las características del informe y las prácticas estándar en la UDEF y la Policía Judicial, se estima el siguiente ecosistema tecnológico:

Plataforma principal de extracción y análisis: Cellebrite UFED Physical Analyzer / Pathfinder (o sus homólogos Magnet AXIOM, EnCase). Estas herramientas integran módulos de IA para:

Sistemas de inteligencia financiera: Plataformas como IBM i2 Analyst's Notebook o DataWalk AI con módulos de Machine Learning para detección de patrones de blanqueo y sociedades instrumentales.

Motores de análisis documental: Herramientas con OCR avanzado y extracción de metadatos (ej. Magnet AXIOM, Nuix) que utilizan NLP para clasificar y extraer información de PDF, Word, etc.

5. Configuración y Prompting Estimado

Los sistemas de IA utilizados en entornos forenses judiciales operan con parámetros deterministas para evitar alucinaciones y garantizar la validez probatoria. Se estima la siguiente configuración:

No se emplean modelos generativos abiertos (como ChatGPT) por razones de confidencialidad y cadena de custodia. La IA actúa como asistente de procesamiento masivo, no como redactor del informe.

6. Riesgos de Opacidad y Vulneración de Derechos

Desde la perspectiva de APEDANICA y la defensa de los derechos digitales, el uso de estas herramientas plantea varios desafíos:

7. Conclusiones: Gravedad de la Filtración y Responsabilidad Patrimonial

7.1. Dictamen Técnico Final

1. El informe UDEF 2910/26 no fue redactado por una IA generativa. Su redacción sigue un patrón humano protocolario.

2. Sin embargo, la extracción, normalización y filtrado de los datos masivos (chats de WhatsApp, metadatos de archivos, correlaciones financieras) depende de forma concluyente de sistemas de IA integrados en herramientas forenses y de inteligencia financiera (Cellebrite Pathfinder, sistemas AML, grafos).

3. Estas herramientas se configuran con parámetros deterministas (temperatura 0) y prompting técnico basado en reglas, no creativo, para garantizar la fiabilidad de la evidencia.

4. Se detectan indicios sólidos de uso de IA para:

5. La opacidad de estos algoritmos y la falta de auditoría externa suponen un riesgo procesal que debe ser abordado por los tribunales y las partes, especialmente en lo relativo a la cadena de custodia y el derecho de contradicción.

7.2. Fundamentos Éticos y Deontológicos: La Tesis del Dr. Miguel Gallardo

El presente análisis se enmarca en la línea de investigación del Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo, presidente de APEDANICA, cuya tesis doctoral “Problemas morales de las intrusiones, grabaciones y escuchas: hacia una ética del descubrimiento y la revelación de secretos” (Universidad Complutense de Madrid)[reference:0] y su trabajo sobre “Ética y Deontología Policial. Policiología y Metapoliciología”[reference:1] proporcionan el marco teórico para evaluar la conducta de la UDEF en este caso.

A. La ética del descubrimiento y la revelación de secretos

La tesis doctoral del Dr. Gallardo aborda los problemas morales que surgen cuando el Estado, a través de sus cuerpos policiales, lleva a cabo intrusiones, grabaciones y escuchas que, aunque legalmente autorizadas, pueden vulnerar derechos fundamentales si no se realiza un expurgo ad hoc de la información obtenida. El informe UDEF 2910/26 constituye un ejemplo paradigmático de esta problemática:

“La captación y grabación de comunicaciones constituye uno de los métodos más ... las grabaciones han sido llevadas a cabo por agentes de la autoridad para obtener una confesión mediante engaño, siempre que no haya sido autorizado por el juez.”[reference:2]

— Dr. Miguel Gallardo, tesis doctoral

B. Policiología y Metapoliciología: Deberes deontológicos de la Policía

El trabajo del Dr. Gallardo sobre policiología y metapoliciología[reference:3] establece que la actuación policial debe regirse por principios éticos que van más allá de la mera legalidad. En el caso que nos ocupa, se observan varias infracciones deontológicas:

“La deontología es el conjunto de deberes profesionales que han de inspirar la totalidad de la conducta de un profesional, porque proceden de reglas éticas y de ...”[reference:4]

— Dr. Miguel Gallardo, Ética y Deontología Policial

7.3. La Filtración del Anexo: Un Atentado contra la Seguridad Jurídica

El anexo documental del informe UDEF 2910/26, que contiene datos personales, bancarios y comunicaciones privadas, ha sido filtrado a cientos de periodistas y medios de comunicación[reference:5][reference:6]. Esta filtración, que ha permitido que el contenido del sumario sea conocido públicamente antes de que se haya celebrado el juicio, constituye un hecho gravísimo que atenta contra:

Responsabilidad patrimonial del Estado (art. 106 CE)

El artículo 106 de la Constitución Española establece que “los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”[reference:7].

En este caso, la filtración del anexo es una lesión directa causada por el funcionamiento anormal de los servicios públicos (Policía y Administración de Justicia), que han incumplido su deber de custodia y confidencialidad de las actuaciones judiciales. Por tanto, todos los afectados (investigados y terceros) tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios sufridos, que incluyen:

Asimismo, la filtración puede constituir un delito de revelación de secretos (arts. 197 y ss. CP), que debe ser investigado y, en su caso, depurado responsabilidades penales y disciplinarias entre los funcionarios responsables.

7.4. La Tesis de APEDANICA: Expurgo Ad Hoc y Control Judicial en las Intrusiones Digitales

La doctrina de APEDANICA, desarrollada por el Dr. Gallardo en su tesis doctoral y en sus trabajos sobre policiología, sostiene que toda intrusión en dispositivos electrónicos (teléfonos móviles, ordenadores, tablets) debe ir acompañada de un expurgo ad hoc realizado por el Juez de Instrucción o, en su defecto, por el Ministerio Fiscal, antes de que la Policía pueda acceder al contenido.

“De nada sirve que se creen plataformas de denuncia de corrupción si los denunciantes son perseguidos por el Ministerio Fiscal por revelación de secretos.”[reference:8]

— Reflexión sobre el derecho a la información y la protección de datos

7.5. Acciones Judiciales y Reclamaciones de Responsabilidad

Ante la gravedad de los hechos, APEDANICA recomienda a los afectados y a sus representantes legales emprender las siguientes acciones:

Conclusión final: El informe UDEF 2910/26 y su anexo constituyen un ejemplo paradigmático de los riesgos éticos, legales y procesales que conlleva el uso descontrolado de la Inteligencia Artificial en la investigación criminal, y de la falta de garantías en la cadena de custodia digital. La filtración del anexo a los medios de comunicación es un atentado contra la seguridad jurídica y los derechos fundamentales que exige una respuesta contundente por parte de los tribunales y de la sociedad civil. APEDANICA, a través de su presidente, el Dr. Miguel Gallardo, continuará denunciando estas prácticas y exigiendo responsabilidades a quienes las permiten.

8. Referencias a Evidencias del Informe

Las siguientes referencias (páginas del PDF) sustentan las conclusiones anteriores:

🔗 Metaenlace y recursos relacionados